Un testamento vital, también conocido como instrucciones previas o voluntad anticipada, es un documento legal donde una persona expresa de forma anticipada cómo desea que se maneje su cuidado médico en caso de enfermedades terminales o situaciones que le impidan comunicarse. Este documento refleja valores como la dignidad, el respeto a la autonomía, y el derecho a decidir sobre el final de la vida.
En Ecuador, este documento no tiene un marco normativo plenamente establecido, pero se fundamenta en principios constitucionales como el derecho a la dignidad y la autonomía personal.
Un testamento vital puede abarcar:
Decisiones sobre la suspensión de tratamientos fútiles que prolonguen la vida de manera innecesaria.
Aceptación o rechazo de cuidados paliativos.
La voluntad de donación de órganos tras el fallecimiento.
Designación de un representante que actúe en caso de incapacidad.
Instrucciones respecto a tratamientos específicos como alimentación o hidratación artificial, o el uso de respiradores.
Este documento busca evitar el sufrimiento innecesario, garantizar una muerte digna, y proteger a la familia de tomar decisiones difíciles.
En Ecuador, el testamento vital se fundamenta en:
Derecho a la dignidad humana (Art. 66, Constitución del Ecuador).
Derecho a la salud y a decidir sobre tratamientos (Art. 32 y 362, Constitución del Ecuador).
Autonomía personal, basada en el consentimiento informado (Ley Orgánica de Salud).
El Convenio de Oviedo (1997) también respalda este derecho al establecer que las decisiones previas del paciente deben respetarse.
Según el contexto ecuatoriano, se relaciona con el derecho a la dignidad humana consagrado en la Constitución, aunque requiere validación legal para ser plenamente vinculante.
Constitución de la República del Ecuador, artículos 66 y 362.
Ley Orgánica de Salud, artículos 7 y 204.
Código Civil, sobre consentimiento y capacidad legal (Art. 1462).
Resoluciones de la CNBS, promoviendo la bioética y el respeto a la autonomía.
Escritura pública: Ante un notario con dos testigos no relacionados o hacerlo con testigos idóneos. .
Registro en historia clínica: Debe incluirse en los archivos médicos para garantizar su aplicación.
Revocabilidad: Puede anularse o modificarse en cualquier momento, siempre que el otorgante esté en pleno uso de sus facultades mentales.
Certificación médica: Se sugiere acompañarlo de un certificado médico y psicológico que valide la capacidad del otorgante.
El testamento vital es una herramienta para planificar una muerte digna, preservando la autonomía y evitando el ensañamiento terapéutico. En ciudades como Quito, Guayaquil y Cuenca, abogados especializados en testamentos pueden guiarte en el proceso.
Para asegurar que tu testamento vital cumpla con todas las formalidades legales, es esencial contar con la asesoría de un abogado especializado en voluntad anticipada. Este profesional te ayudará a redactar el documento acorde con tus deseos y la normativa vigente.
A continuación puedes encontrar:
Un modelo de testamento vital para expresar tus deseos.
Este documentos te permitirá tomar decisiones claras sobre tu cuidado médico en caso de una enfermedad terminal o el final de la vida.
Lo hemos redactado considerando dos posibilidades, en mujer y hombre.
SEÑOR NOTARIO:
En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una que contiene mi voluntad anticipada o testamento vital, arreglado al tenor de las siguientes clausulas:
PRIMERA.- COMPARECIENTE.- Yo,_____________________ mayor de edad, con C.I._________________ y domicilio en___________________________ con plena capacidad de obrar y actuando libremente, otorgo el presente Documento de Voluntades Anticipadas.
SEGUNDA.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE.- En lo que se refiere a la interpretación y aplicación de este documento, designo como mi representante a ___________________________________, con C.I. ____________ Con domicilio en ____________________________________, calle____________________________ y teléfono___________________ Quien deberá ser considerado como interlocutor válido y necesario para el médico o el equipo sanitario que me atienda y como garante del cumplimiento de mi voluntad aquí expresada. De la misma manera, por si se diera el caso de renuncia o imposibilidad de mi representante, designo como representante sustituto a ______________________ con C.I. _________________ y domicilio en _____________________, calle ______________________________ y teléfono ____________________
TERCERA.- DISPOSICIONES: Dispongo: Si en el futuro me encontrase sin competencia para decidir por mí mismo en alguna de las situaciones que se detallan a continuación:
1. Demencia severa debida a cualquier causa (por ejemplo, enfermedad de Alzheimer…). 2. Daños encefálicos severos debidos a cualquier causa (por ejemplo, coma irreversible, estado vegetativo persistente…).
3. Enfermedad degenerativa neuromuscular en fase avanzada (por ejemplo, esclerosos múltiple…).
4. Cáncer diseminado en fase avanzada (por ejemplo, tumor maligno con metástasis) no tributario de mejoría franca con tratamiento.
5. Enfermedad inmunodeficiente en fase avanzada, no tributaria de mejoría franca con tratamiento.
6. Cualquier otra enfermedad en que mi situación se considere irreversible y no tributaria de tratamiento. Y si a juicio de los médicos que entonces me atiendan (siendo por lo menos uno especialista), no hay expectativas de recuperación sin que se sigan secuelas que impidan una vida digna según yo la entiendo, mi voluntad es que NO me sean aplicadas, o bien que se retiren si ya han empezado a aplicarse, medidas de soporte vital o cualquiera otra que intente prolongar mi supervivencia.
DESEO, en cambio, que se instauren las medidas que sean necesarias para el control de cualquier síntoma que pueda ser causa de dolor, padecimiento o malestar, aunque eso pueda: - Acortar mi expectativa de vida. - Poner fin a mi vida. Instrucciones adicionales: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ ____ Sólo en caso de ser mujer y estar en edad fértil: Si, en el momento de las situaciones antes citadas, estoy embarazada, mi voluntad es:
- Se mantenga íntegramente la validez de este Documento.
- La validez de este Documento quede en suspenso hasta después del parto, siempre que haya garantías de que mi estado clínico no afecte negativamente al feto. En caso de que el o los profesionales sanitarios que me atiendan aleguen problemas de conciencia para no actuar de acuerdo con mi voluntad aquí expresada, solicito ser transferido/a a otro u otros profesionales que estén dispuestos a respetarla.
Asimismo, queda claro que en cualquier momento puedo anular el presente documento, y que primará sobre él la competencia para decidir que yo pueda tener, según los profesionales que me atiendan.
CUARTA.- ACEPTACIÓN.- Leído que le fue al suscrito otorgante el presente documento, este se afirma en todo su contenido, firmando para lo cual en unidad de acto con el señor Notario y testigos. Usted señor Notario se dignará anteponer y agregar la redacción de estilo para la perfecta validez del presente documento.
1. ¿Es lo mismo un testamento vital que un testamento en vida?
No. Un testamento vital se refiere a las decisiones médicas anticipadas, mientras que un testamento en vida (en términos erróneos) puede aludir a disposiciones patrimoniales previas al fallecimiento.
2. ¿Qué diferencia hay entre un testamento vital y el documento de voluntades anticipadas?
Son equivalentes en concepto, aunque el término "documento de voluntades anticipadas" se utiliza más en contextos legales formales.
3. ¿Cómo se hace un testamento vital en Ecuador?
Aunque no está normado específicamente, debe realizarse por escrito, con testigos o mediante escritura pública ante un notario, acompañado de un certificado médico que garantice la capacidad del otorgante.
4. ¿Es obligatorio registrar el testamento vital?
En Ecuador no existe un registro oficial para estos documentos, pero se recomienda su inscripción en notarías para garantizar su validez y conocimiento público.
5. ¿Puedo cambiar mi testamento vital?
Sí, el documento puede revocarse o modificarse en cualquier momento mientras el otorgante esté en capacidad de hacerlo.
Este artículo busca proporcionar una guía clara y precisa sobre el testamento vital en Ecuador, adaptado a la legislación nacional y respetando los principios éticos y jurídicos aplicables.