El impuesto a la herencia debe declararse ante el SRI mediante el Formulario 108, dentro del plazo legal contado desde la fecha en que se perfecciona la adquisición de la herencia, normalmente con la posesión efectiva inscrita.
El incumplimiento puede generar:
Intereses
Multas
Glosas tributarias
El cálculo no se realiza sobre el total de bienes, sino sobre:
La masa hereditaria
Menos gananciales (si existe cónyuge)
Menos deudas y gastos deducibles
Dividido entre herederos
Aplicando tabla progresiva del SRI
Sí. A través de una correcta planificación patrimonial, es posible reducir legalmente la carga tributaria, especialmente en patrimonios altos.